Requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad en 2025

por | Ago 8, 2025 | Blog

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Todo lo que necesitas saber para empezar de nuevo sin deudas

La Ley de Segunda Oportunidad se ha convertido en una herramienta legal muy útil para quienes atraviesan una situación de sobreendeudamiento. Esta norma permite cancelar de forma legal y definitiva la mayoría de las deudas, siempre que se cumplan una serie de requisitos.

Pero ¿quién puede acogerse a ella en 2025? ¿Qué condiciones impone la ley actual? ¿Qué documentos hay que presentar? En este artículo te explicamos, de forma clara y actualizada, todos los requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad en 2025.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015), reformada en 2022, permite a personas físicas —particulares, autónomos y pequeños empresarios— liberarse de sus deudas mediante un proceso judicial regulado.

Su objetivo es dar una segunda oportunidad a quienes, actuando de buena fe, no pueden afrontar el pago de sus deudas, ayudándoles a empezar de nuevo sin cargas económicas asfixiantes.

¿Quién puede acogerse?

Pueden beneficiarse de esta ley:

  • Particulares con deudas personales.

  • Autónomos con deudas comerciales o personales.

  • Avalistas o fiadores que hayan garantizado préstamos de terceros.

  • Empresarios individuales que han cesado su actividad o siguen en activo con problemas financieros.

El proceso está disponible tanto si se tienen bienes como si no, aunque se deberá justificar la imposibilidad de hacer frente al pago de forma realista.

Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en 2025

La normativa establece una serie de requisitos clave que deben cumplirse para iniciar y culminar con éxito el proceso de exoneración de deudas.

A continuación, los explicamos en detalle:

1. Ser deudor de buena fe

Este es uno de los pilares fundamentales. La ley exige que el solicitante actúe con honestidad y cumpla estas condiciones:

  • No haber sido condenado por delitos económicos, fiscales, laborales o contra el patrimonio en los últimos 10 años.

  • Colaborar con la justicia en todo el proceso.

  • No haber generado deudas de forma fraudulenta.

  • No haber rechazado una oferta de empleo adecuada en los últimos cuatro años (si se encuentra en edad laboral).

En resumen: demostrar que la situación de insolvencia no ha sido provocada de manera intencionada o negligente.

2. Acreditar una situación de insolvencia real

Es imprescindible demostrar que:

  • No puedes hacer frente a tus deudas de forma regular.

  • Tus ingresos, patrimonio o actividad actual no te permiten cumplir con las obligaciones contraídas.

Se analiza tu situación económica de forma global: nóminas, patrimonio, cargas familiares, deudas vencidas, etc.

Requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad en 2025

3. Intentar (o justificar) el intento de acuerdo extrajudicial de pagos

La ley permite dos vías:

  • Presentar un plan de pagos con los acreedores a través de un mediador concursal.

  • O bien, si no es viable o se han superado ciertos límites, pasar directamente al procedimiento concursal.

Desde la reforma de 2022, ya no es obligatorio el intento previo de acuerdo extrajudicial en todos los casos, pero sigue siendo recomendable en algunas situaciones, como cuando se busca conservar parte del patrimonio.

4. No haber sido declarado culpable en otro concurso

Si el solicitante ha pasado por un concurso de acreedores anterior y este fue declarado culpable por el juez, no podrá acceder a la Ley de Segunda Oportunidad, al menos durante un plazo de 10 años.

5. No haberse acogido a esta ley en los últimos 5 años

La ley busca evitar que se use esta herramienta de forma reiterada. Por tanto, si ya se ha obtenido una exoneración de deudas anteriormente, debe haber pasado al menos 5 años desde entonces para volver a solicitarla.

Requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad en 2025

6. Mantenerse dentro de los límites de deuda permitidos

Aunque se ha eliminado el límite global de 5 millones de euros que existía antes de la reforma, en la práctica los tribunales siguen valorando la proporcionalidad entre la deuda, los ingresos y el perfil del deudor.

En 2025, lo más habitual es que accedan personas con deudas que van desde los 20.000 € a los 300.000 €, aunque cada caso se estudia de forma individual.

¿Qué documentos necesito?

El proceso requiere reunir y presentar cierta documentación, como:

  • DNI/NIE y libro de familia.

  • Contratos de préstamo, tarjetas y otros créditos.

  • Justificantes de ingresos y patrimonio.

  • Últimas declaraciones de IRPF.

  • Certificados de deudas con Hacienda y Seguridad Social.

  • Listado de acreedores y cuantía adeudada.

Tu abogado te ayudará a recopilar y organizar todo correctamente.

¿Y si cumplo los requisitos?

Si se cumplen todos los requisitos y el juez acepta la solicitud, se puede obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Esto significa que las deudas se cancelan legalmente, permitiéndote empezar de nuevo sin cargas financieras.

Además, desde la reforma de 2022, el proceso es más ágil y flexible, y en muchos casos se permite conservar la vivienda habitual o parte del patrimonio si se presenta un plan de pagos.

¿Y si no estoy seguro de cumplir los requisitos?

La única forma de saberlo con certeza es realizar un estudio personalizado del caso. Cada situación es diferente, y un abogado experto puede analizar:

  • Tu nivel de endeudamiento.

  • Tu situación laboral o patrimonial.

  • Si cumples con el principio de buena fe.

  • Las posibilidades reales de obtener la exoneración.

En Fuentes Ruiz Abogados te ayudamos a empezar sin deudas

En Fuentes Ruiz Abogados, analizamos tu situación con total confidencialidad y te acompañamos durante todo el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad.

  • Revisión de requisitos sin compromiso.

  • Preparación de la documentación.

  • Asesoramiento estratégico en cada fase.

  • Representación legal ante el juzgado.

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